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h) Tratándose de concesiones de transporte público, se deberá publicar además: 1. El nombre del concesionario. 2. El número de las placas y de tarjeta de circulación del vehículo con el que se presta el servicio concesionado. 3. El acta constitutiva del concesionario, en caso de que sea persona moral. 4. El documento que acredite el importe pagado de la concesión.

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